REGLAMENTO ESTUDIANTIL

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Reglamento esdiantil

el Reglamento Estudiantil es el documento que regula toda la actividad de formación en la UNAB. Allí están contemplados todos los procedimientos a partir del Proyecto Educativo Institucional, PEI, que es el que da directrices a esos procesos", dice la vicerrectora.

A continuación se mostrara unos artículos del reglamento estudiantil de la UNAB.

a. Por pura curiosidad: ¿en qué fecha fue expedido el reglamento estudiantil?
b. Si un estudiante desea cursar simultáneamente varios programas, qué
procedimiento debe hacer y hasta en cuántos programas puede estar matriculado
simultáneamente?
c. Si un estudiante aplaza un semestre en la UNAB: ¿qué trámite debe hacer para el
aplazamiento y ante qué instancia podrá reservar un cupo para su reintegro?
d. Si un estudiante de otra institución de educación superior desea ser transferido a la
UNAB, ¿qué requisitos debe cumplir?
e. Escoja 5 de las condiciones de estudiante y desarrolle su significado.
f. ¿Ante qué instancia se solicita el diploma y acta de grado en estas dos
circunstancias:
• Si el estudiante no puede asistir a la ceremonia especial.
• Si el egresado pierde el Diploma y desea una copia.
g. Si un estudiante se destaca por su elevado rendimiento académico, ¿qué máximas
distinciones le otorga la UNAB?
H. cuando puede solicitar un supletorio.
i. ¡Vaya! ¡Lo que nunca debe pasar! Un estudiante fue sorprendido haciendo fraude
en un previo. Describa qué tipo de falta es ésta y cuál es la sanción que se aplica en
este caso.
J. dos de las faltas gravísimas son

SOLUCIÓN

A: El reglamento estudiantil fue expedido el 05 de julio del 2005
B: ART 4: el estudiante podrá matricularse simultáneamente hasta en dos (2) programas
académicos.
ART 5: la matricula requiere de dos pasos:
- Inscribir los cursos en la página web de la UNAB o de manera presencial.
- Legalizar el pago del valor de los créditos inscritos y facturados, más los derechos
pecuniarios exigidos

C: ART 7: El estudiante que no realice su matrícula en la fecha señalada podrá reservar
cupo para su reintegro, mediante solicitud escrita al decanato respectivo.
Parágrafo 1: Para el caso de aspirantes admitidos para ingresar a la UNAB por primera
vez, se mantendrá la reserva de cupo hasta por un año a quien lo solicite; en caso contrario,
pasará a ser inactivo en el sistema.
Parágrafo 2: El comité curricular determinara las condiciones para el reintegro, con
sujeción al plan de estudio vigente.
D: ART 11: TRANSFERENCIA: quien curse o halla cursado estudios de pregrado en
otra institución de educación superior oficialmente reconocida o desee de cambiar de
carrera dentro de la UNAB, podrá solicitar transferencia.
PARAGRAFO: para solicitar transferencia se requiere que es aspirante tenga un promedio
ponderado igual o superior a tres, cinco, cero (3,50) o su equivalente en el caso de las
trasferencias externas y promedio general acumulado de tres, dos, cero (3,20) para
trasferencias internas.
E: ART 16: el estudiante en la UNAB podrá encontrarse en las siguientes condiciones:
- Activo: matriculado en uno o varios cursos durante el periodo académico vigente.
- Con reserva de cupo: ha formalizado oportunamente esta solicitud.
- Suspendido: está cumpliendo temporalmente sanción disciplinaria
- Retirado: ha formalizado voluntariamente su retiro definitivo de la institución
- PFU: cumple cualquiera de las causas señaladas en los numerales 1 y 2 del artículo
9 del presente reglamento.
F. ART 51: para obtener el grado y el diploma correspondiente, además de los requisitos
de la ley y reglamentos, el estudiante deberá haber cumplido todos los requisitos exigidos
por el programa.
Cumplido lo anterior, recibirá el diploma y el acta de grado en fechas señalada por el
consejo académico, durante ceremonia especial. Excepcionalmente lo entregara la
secretaria general, previa solicitud a dicho despacho.
PARAGRAFO 1: deberán entenderse como requisitos institucionales la presentación y
obtención de la calificación mínima fijada por la universidad en el examen de calidad de la
educación superior y estar a paz y salvo con la UNAB en todo concepto.
PARAGRAFO 2: en caso de fallecimiento de un estudiante que haya cumplido los
requisitos de grado, a solicitud del decano respectivo, el consejo académico podrá otorgarle
un grado póstumo.
G: ART 58: la UNAB, previa aprobación del consejo académico, otorgara la distinción
CUM LAUDE al estudiante que al terminar su carrera alcance un promedio de cuatro, dos,
cinco (4,25) a cuatro, cinco, cero (4,50).
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el reglamento estudiantil es de vital importancia tanto para alumnos, docentes y administrativos, ya que en este se puede observar cada derecho y deber, y como realizar alguna queja o alguna solicitud.

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