REGLAMENTO ESTUDIANTIL
Reglamento
esdiantil
el Reglamento Estudiantil es el documento que regula toda la
actividad de formación en la UNAB. Allí están contemplados todos los
procedimientos a partir del Proyecto Educativo Institucional, PEI, que es el
que da directrices a esos procesos", dice la vicerrectora.
A continuación se mostrara unos artículos del reglamento
estudiantil de la UNAB.
a. Por pura curiosidad: ¿en qué fecha fue expedido el
reglamento estudiantil?
b. Si un estudiante desea cursar simultáneamente varios
programas, qué
procedimiento debe hacer y hasta en cuántos programas puede
estar matriculado
simultáneamente?
c. Si un estudiante aplaza un semestre en la UNAB: ¿qué
trámite debe hacer para el
aplazamiento y ante qué instancia podrá reservar un cupo para
su reintegro?
d. Si un estudiante de otra institución de educación superior
desea ser transferido a la
UNAB, ¿qué requisitos debe cumplir?
e. Escoja 5 de las condiciones de estudiante y desarrolle su
significado.
f. ¿Ante qué instancia se solicita el diploma y acta de grado
en estas dos
circunstancias:
• Si el estudiante no puede asistir a la ceremonia especial.
• Si el egresado pierde el Diploma y desea una copia.
g. Si un estudiante se destaca por su elevado rendimiento
académico, ¿qué máximas
distinciones le otorga la UNAB?
H. cuando puede solicitar un supletorio.
i. ¡Vaya! ¡Lo que nunca debe pasar! Un estudiante fue
sorprendido haciendo fraude
en un previo. Describa qué tipo de falta es ésta y cuál es la
sanción que se aplica en
este caso.
J. dos de las faltas gravísimas son
SOLUCIÓN
A: El reglamento estudiantil fue expedido el 05 de julio del
2005
B: ART 4: el estudiante podrá matricularse simultáneamente
hasta en dos (2) programas
académicos.
ART 5: la matricula requiere de dos pasos:
- Inscribir los cursos en la página web de la UNAB o de
manera presencial.
- Legalizar el pago del valor de los créditos inscritos y
facturados, más los derechos
pecuniarios exigidos
C: ART 7: El estudiante que no realice su matrícula en la
fecha señalada podrá reservar
cupo para su reintegro, mediante solicitud escrita al
decanato respectivo.
Parágrafo 1: Para el caso de aspirantes admitidos para
ingresar a la UNAB por primera
vez, se mantendrá la reserva de cupo hasta por un año a quien
lo solicite; en caso contrario,
pasará a ser inactivo en el sistema.
Parágrafo 2: El comité curricular determinara las condiciones
para el reintegro, con
sujeción al plan de estudio vigente.
D: ART 11: TRANSFERENCIA: quien curse o halla cursado
estudios de pregrado en
otra institución de educación superior oficialmente reconocida
o desee de cambiar de
carrera dentro de la UNAB, podrá solicitar transferencia.
PARAGRAFO: para solicitar transferencia se requiere que es
aspirante tenga un promedio
ponderado igual o superior a tres, cinco, cero (3,50) o su
equivalente en el caso de las
trasferencias externas y promedio general acumulado de tres,
dos, cero (3,20) para
trasferencias internas.
E: ART 16: el estudiante en la UNAB podrá encontrarse en las
siguientes condiciones:
- Activo: matriculado en uno o varios cursos durante el periodo
académico vigente.
- Con reserva de cupo: ha formalizado oportunamente esta
solicitud.
- Suspendido: está cumpliendo temporalmente sanción
disciplinaria
- Retirado: ha formalizado voluntariamente su retiro
definitivo de la institución
- PFU: cumple cualquiera de las causas señaladas en los
numerales 1 y 2 del artículo
9 del presente reglamento.
F. ART 51: para obtener el grado y el diploma
correspondiente, además de los requisitos
de la ley y reglamentos, el estudiante deberá haber cumplido
todos los requisitos exigidos
por el programa.
Cumplido lo anterior, recibirá el diploma y el acta de grado
en fechas señalada por el
consejo académico, durante ceremonia especial.
Excepcionalmente lo entregara la
secretaria general, previa solicitud a dicho despacho.
PARAGRAFO 1: deberán entenderse como requisitos
institucionales la presentación y
obtención de la calificación mínima fijada por la universidad
en el examen de calidad de la
educación superior y estar a paz y salvo con la UNAB en todo
concepto.
PARAGRAFO 2: en caso de fallecimiento de un estudiante que
haya cumplido los
requisitos de grado, a solicitud del decano respectivo, el
consejo académico podrá otorgarle
un grado póstumo.
G: ART 58: la UNAB, previa aprobación del consejo académico,
otorgara la distinción
CUM LAUDE al estudiante que al terminar su carrera alcance un
promedio de cuatro, dos,
cinco (4,25) a cuatro, cinco, cero (4,50).
el reglamento estudiantil es de vital importancia tanto para alumnos, docentes y administrativos, ya que en este se puede observar cada derecho y deber, y como realizar alguna queja o alguna solicitud.
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